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Financiamiento Público del SectorLos recursos públicos destinados a la financiación del sector cultural provienen de varias fuentes: por una parte, se encuentran los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados al Ministerio de Cultura, las transferencias de ingresos corrientes de la Nación a las entidades territoriales y las asignaciones departamentales, distritales la actividad cultural. Por otra, con base en el artículo 38 de la Ley General de Cultura, en algunas entidades territoriales administrativas, como mecanismo para generar nuevos recursos para el financiamiento de la actividad cultural. Presupuesto del Ministerio de Cultura El recursos de inversión. Dentro de los primeros se incluyen los gastos de personal y los gastos generales: Fuente: Oficina de Planeación. Ministerio de Cultura. Los recursos de inversión incluyen los asignados al Ministerio de Cultura por el Presupuesto General de la Nación para el desarrollo de los programas y proyectos, más los recursos de transferencias destinados específicamente al Programa de Concertación, que contribuyen a la implementación de la política y los programas del Ministerio. Fuente: Oficia de Planeación. Ministerio de Cultura. Composición del presupuesto Porcentajes dentro de la composición del presupuesto Fuente: Oficina de Planeación. Ministerio de Cultura. De acuerdo a análisis previos a la elaboración del Plan Nacional de Cultura, desde 1990 y hasta 1996, los recursos de inversión mostraron un comportamiento estable con de transferencias, la inversión cayó en 50%. Para 1998 se presenta un crecimiento sin precedentes del 309%, explicado por la creación del Ministerio de Cultura y por el apoyo que se le brindó a la construcción de casas de cultura en todo el país, a través del Programa de Infraestructura Cultural del Ministerio de Cultura. A partir de 1999 se observa una caída en los recursos de inversión, al pasar de 78 mil millones en 1998 a 17 mil millones en 2001. El cambio en la composición de las cuentas del presupuesto se explica fundamentalmente por la caída de los recursos de inversión, ya que los gastos de funcionamiento se han mantenido estables en los últimos años. Al interior de los recursos de inversión, las cuentas varían debido a que algunos programas financiados con estos recursos se ejecutaron en un período de uno o dos años, mientras que otros tienen una continuidad mayor (1990 a 2001); entre estos se cuentan: Difusión cultural a través de radio, televisión, ediciones y publicaciones nacionales Mejoramiento de la planeación y administración del sector cultural Recuperación y difusión del patrimonio cultural colombiano Adecuación, mantenimiento y dotación de sedes del Ministerio de Cultura Apoyo para la realización de proyectos nacionales para el fomento de las artes Apoyo a actividades y eventos internacionales de carácter cultural Implantación del Sistema Nacional de Cultura en el ámbito nacional y territorial VER GRAFICA PRESUPUESTO EJECUTADO DE INVERSION Transferencias de ingresos corrientes de la Nación La Ley 60 de 1993 determinó las competencias de la Nación, los departamentos, los distritos y los municipios, en diversos campos sociales como salud, educación, vivienda y saneamiento básico, entre otros, identificando además los porcentajes de recursos de campos, en desarrollo de la descentralización administrativa. La exigencia para la asignación de recursos de forzosa aplicación es de 6% para deporte, recreación y cultura, y la consideración sobre el porcentaje específico para cultura, a partir de la expedición de la Ley General de Cultura, es del 2% de estos recursos. El cuadro siguiente muestra las participaciones de ingresos corrientes de la Nación estimadas para cultura, destinadas para los departamentos y los distritos: Fuente: cálculos Marta Madrid Malo, con base en información suministrada por DIDT-UDT. La metodología aplicada para hacer esta estimación partió de la consideración de que a partir de la expedición de la Ley General de Cultura, se debió destinar al subsector por lo menos el 2% de los recursos de forzosa inversión en las PICN; por lo tanto, se tomó el total de las transferencias para inversión forzosa y se le aplicó este porcentaje. Algunas de las tendencias que resalta el diagnóstico previo realizado por el Ministerio de Cultura para la formulación del Plan Nacional de Cultura, respecto a este tema, son las siguientes: Los departamentos más favorecidos en sus recursos provenientes de las PICN per cápita, para el subsector, son aquellos que muestran unas Necesidades Básicas Insatisfechas entre el 66% y el 52%. La inversión promedio realizada por los municipios en deporte, cultura y recreación, fue del 6,03% para 1997. El mayor porcentaje de inversión en el sector los presentan los municipios que tienen entre 100.000 y 500.000 habitantes, en los cuales se alcanza el 6,76%. Para el año de 1998, la inversión promedio en recreación, deporte y cultura, alcanzó el 5,6% de la inversión total, con recursos provenientes de las transferencias de ICN de inversión forzosa ($88.825 millones) y al igual que lo ocurrido para 1997, los municipios de más de 100.000 habitantes registran un porcentaje ligeramente superior, de 5,8%. Por regiones, el porcentaje más elevado de inversión en el sector lo registra la de Occidente, con el 6,6%, seguida a un punto de distancia (5,6%) por Centro Oriente. La inversión más baja fue en Bogotá, con el 3,8% y en la Atlántica, con el 4,9%. Estampilla pro cultura El artículo 38 de la Ley General de Cultura faculta a las Asambleas Departamentales y a los Concejos Municipales para crear una estampilla pro cultura, cuyos recursos se administran a través del respectivo ente territorial, responsable del fomento y estímulo a la cultura. Estampilla pro cultura El artículo 38 de la Ley General de Cultura faculta a las Asambleas Departamentales y a los Concejos Municipales para crear una estampilla pro cultura, cuyos recursos se administran a través del respectivo ente territorial, responsable del fomento y estímulo a la cultura. A través de la estampilla pro cultura, las entidades culturales del nivel departamental y municipal disponen de un mecanismo de financiación adicional, cuyos recursos deben orientarse, vigentes: Apoyar y fortalecer a las instituciones y organizaciones culturales Apoyar los eventos culturales más significativos del orden municipal, departamental, nacional e internacional Promover las diferentes expresiones artísticas y culturales que tienen asiento en las entidades territoriales Apoyar los procesos, estimulando el diálogo y la convivencia Fortalecer los procesos de desarrollo cultural que se promuevan desde lo local y lo regional Recuperar, preservar y promover el patrimonio cultural Contribuir al propósito de la descentralización cultural, apoyando y fortaleciendo el Sistema Nacional de Cultura en municipios y departamentos Fortalecer los procesos de concertación que desde la cultura se vienen promoviendo, con el fin de consolidar la organización y la participación Financiar planes, programas y proyectos que contribuyan al desarrollo cultural de las comunidades y que se enmarquen dentro de los planes territoriales de cultura. Aunque no se conoce la totalidad de departamentos y municipios que han aplicado este mecanismo de financiación para el sector cultural y los montos percibidos por tal efecto, es posible observar la tendencia de los departamentos que lo han aplicado -Norte de Santander, Atlántico, Cesar Tolima y Huila- por gravar la expedición de pasaportes, los contratos suscritos con entidades descentralizadas, de economía mixta y administraciones departamentales y, en algunos casos, las matrículas de pregrado y postgrado de las universidades públicas, con el fin generar recursos para inversión en planes y programas culturales.
Otros Presupuestos PúblicosExisten igualmente presupuestos que entidades públicas del orden nacional destinan a la financiación de planes y programas que promueven el desarrollo e impulso de áreas afines. Tal es el caso del Ministerio de Comunicaciones, con el área de radios ciudadanas e indígenas; la Cancillería, con la realización y el apoyo a actividades de difusión y promoción en el exterior del arte y la cultura nacional; la Comisión Nacional de Televisión, con el Fondo para el Desarrollo de la Televisión Pública; y los ministerios de Educación y del Interior, con el apoyo a programas de etnoeducación y a eventos y actividades de promoción y difusión de las minorías étnicas y culturales, entre otros.
Fondos y Mecanismos Estables de FinanciamientoEspecializado Fondos mixtos para la promoción de las artes y la cultura La constitución de los fondos mixtos para la promoción de la cultura y las artes fue el resultado de un proceso que se inició en la década de los ochentas y se consolidó como propuesta en el Plan Nacional de Cultura 1992 - 1994, con el establecimiento del Sistema Nacional de Cultura como instrumento para la descentralización y financiamiento institucional de la cultura. En 1993, mediante decreto, la Presidencia de la República y el Ministerio de Educación reglamentan la función de cooperación de Colcultura, para crear los fondos mixtos para la promoción de la cultura y las artes. Posteriormente, la Ley General de Cultura consagró, en su título IV, artículo 63, la autorización al Ministerio de Cultura para participar en la creación de los fondos mixtos departamentales, distritales y municipales. Con base en la Ley General de Cultura y en el marco del Sistema Nacional de Cultura, los fondos mixtos para la promoción de las artes y la cultura tienen como objeto social promover la creación, la investigación y la difusión de las diversas manifestaciones artísticas y culturales.... Dentro de este contexto, los fondos cumplen con su objetivo, participando en la financiación de proyectos culturales presentados por personas naturales y/o jurídicas, que contribuyan al desarrollo cultural de los habitantes de su respectiva entidad territorial (departamento o distrito), en cuatro áreas básicas: estímulo a la creación e investigación, difusión y comunicación, creación de público y fortalecimiento de actores. A la luz de la última reglamentación en el año de 1998, los fondos mixtos tienen entre sus funciones las siguientes: Planificar y desarrollar estrategias, planes y proyectos que les permitan canalizar e invertir recursos que contribuyan al fortalecimiento del sector cultural de sus territorios Financiar programas y proyectos acordes con los planes de desarrollo cultural, que cumplan con los parámetros establecidos en el Reglamento Operativo Financiación de los Fondos Mixtos de Cultura y con los lineamientos que dentro de este marco definan los consejos de cultura Promover la descentralización y democratización en la distribución de sus recursos, teniendo en consideración las distintas regiones de las entidades territoriales y sus manifestaciones culturales Articular sus recursos para la financiación de proyectos con entes similares del Sistema Nacional de Cofinanciación y los provenientes de la Ley 60, de las regalías y de la Red de Solidaridad, entre otros. Los recursos que manejan los fondos mixtos para la financiación de proyectos provienen en diferentes proporciones de cuatro fuentes: Ministerio de Cultura, aportes departamentales o distritales, aportes de los municipios al fondo departamental y aportes de la empresa privada. De acuerdo al diagnóstico previo realizado en 2001 para la formulación del Plan Nacional de Cultura, se estimó que la fuente principal de los fondos mixtos hasta 1999 fueron los recursos provenientes del Ministerio de Cultura. VER GRAFICA APORTES A LOS FONDOS MIXTOS PROMEDIOS Fondo para el Desarrollo de la Televisión De acuerdo a lo establecido por la Ley 182 de 1995, la Comisión Nacional de Televisión debe destinar un porcentaje de las utilidades de cada ejercicio y depositarlo para el Fondo para el Desarrollo de la Televisión. Los recursos de este fondo deben ser invertidos prioritariamente en el fortalecimiento de los operadores públicos del servicio de televisión y en programación cultural a cargo del Estado, con el propósito de garantizar el pluralismo informativo, la competencia, la inexistencia de prácticas monopolísticas en el uso del espectro electromagnético utilizado para el servicio de televisión y la prestación eficiente de dicho servicio. El Fondo, cuyos recursos están reglamentados desde 1998, adjudico entre 1997 y 2000 recursos a entidades públicas del orden nacional y regional de la siguiente manera: Fuente: Comisión Nacional de Televisión, 2000.
Porcentaje en el PIBSegún estimaciones realizadas por la Misión Social del Departamento de Planeación Nacional, los gastos de las administraciones públicas en servicios recreativos y culturales como porcentaje del PIB, en el período comprendido entre 1980 y 2001, presentaron una tendencia al crecimiento, con su punto más alto en 1996, y un decrecimiento en los últimos años:
Participación del Sector Privado en la Financiación de CulturaAunque los estímulos fiscales para las entidades privadas que financian actividades culturales y educativas se han visto fuertemente afectados por las disposiciones y reglamentaciones tramitadas por el gobierno nacional en los dos últimos años, existen en el país entidades privadas, que a través de fundaciones legalmente constituidas o de programas anexos a sus compañías, ofrecen financiación para el desarrollo de actividades artísticas, particularmente en el campo de la música, las artes plásticas y la literatura.
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